La Torá en Parashat Shoftim ordena: “No te plantes una asherá ni ningún árbol cerca del altar del Señor tu Dios” (16:21). Rashí explica, basado en el Sifrei, que la Torá aquí introduce una prohibición contra plantar árboles o construir estructuras en el área del Monte del Templo. Sin embargo, aunque esta prohibición se aplica a todos los árboles y estructuras, la Torá hace una mención específica de la asherá, un árbol que fue servido por los antiguos paganos como un objeto idólatra. ¿Cómo podríamos explicar esta formulación de la mitzvá, que prohíbe plantar un árbol de asherá junto al altar en el patio del Templo?

            Rav Zeev Jaim Lifshitz, en su Zajalti Vaira (Parashat Shoftim), sugiere que la Torá está advirtiendo sutilmente contra la transformación del altar, el lugar donde ofrecemos sacrificios, en una asherá, un objeto de adoración idólatra. Si atribuimos poderes mágicos a nuestros artículos religiosos, como el altar, o a un Sefer Torá, o la mezuzá, entonces, esencialmente, los hemos convertido en un objeto de adoración idólatra. Si vemos el altar, o cualquier otro objeto religioso, como un instrumento mágico que borra místicamente nuestros pecados o nos ayuda a alcanzar lo que queremos, entonces nos dedicamos a lo que es, esencialmente, adoración pagana.

El judaísmo de nuestro tiempo fue convirtiéndose en una forma de adoración pagana disfrazada por un supuesto espiritualismo, secretos revelados a ciertos “videntes” que los comercializan, y conductas comunes en pueblos paganos, que ofrecen como judíos.

            Rav Lifshitz explica en una vena similar los comentarios de Rashí al versículo final de Parashat Shoftim, con respecto al ritual eglá arufá -el becerro que es decapitado por los ancianos de la ciudad lo más cerca al lugar donde se encontró un cuerpo asesinado sin ninguna pista que apunte hacia al asesino-, que se realizó después de que una víctima de asesinato fuera encontrada fuera de una ciudad. Rashí explica el verso final como instruyendo que si el asesino es identificado después de la ceremonia, debe ser juzgado y, si es encontrado culpable, ejecutado. Aparentemente, uno podría haber imaginado que una vez que se realiza el ritual eglá arufá, el caso está cerrado, por así decirlo, y no se necesita hacer nada más en respuesta a este terrible crimen.

Por lo tanto, la Torá aclara que el asesino debe ser llevado ante la justicia incluso después del procedimiento de eglá arufá. La base de esta noción equivocada, explica Rav Lifshitz, es una perspectiva “mágica” sobre las leyes rituales de la Torá. Si nos acercamos a la eglá arufá con este tipo de mentalidad mística, entonces concluiremos, de hecho, que esta ceremonia cura mágicamente los males sociales que resultaron en un crimen atroz, de modo que no se necesitan más acciones. La Torá nos recuerda que no debemos convertir las leyes de la Torá en una “asherá”, en una variación del ritual pagano. Tan vitalmente importantes como son nuestras obligaciones rituales, de ninguna manera reemplazan el arduo trabajo necesario para refinar nuestros personajes y construir una sociedad ética y moral.

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